capitulo IV - Contrato Ley
Artículo 419 Bis
Ley Federal del Trabajo
LFT
ley
laboral
Titulo SEPTIMO - Relaciones Colectivas de Trabajo › Capitulo IV - Contrato Ley
Párrafo 1
Los contratos-ley serán revisables cada año en lo que se refiere a los salarios en efectivo por cuota diaria.Párrafo 2
La solicitud de esta revisión deberá hacerse por lo menos sesenta días naturales antes del cumplimiento de un año transcurrido desde la fecha en que surta efectos la celebración, revisión o prórroga del contrato-ley.Párrafo reformado DOF 01-05-2019
Artículo adicionado DOF 30-09-1974